La medida extraordinaria alcanza un sector del río entre los kilómetros 1109 y 1150 (zona de Empedrado), por una concentración excepcional de dorados.
Qué zona alcanza la prohibición
La medida rige desde las 18 del 9 de septiembre en el tramo comprendido entre los kilómetros 1109 y 1150 del Paraná (altura de la localidad de Empedrado).
Dentro del área alcanzada está prohibida toda modalidad de pesca: deportiva, comercial y de subsistencia.
La veda no tiene una fecha de finalización establecida. Seguirá vigente hasta que un nuevo acto administrativo disponga su levantamiento a partir de la información y los dictámenes técnicos. Si el cardumen se desplaza fuera del tramo inicial, la protección continuará sobre esa concentración.
El incumplimiento puede derivar en una multa equivalente a 500 litros de combustible súper y una inhabilitación de al menos seis meses para actividades vinculadas con recursos naturales.
Fuentes: El Litoral, Radio Sudamericana, El Territorio